OPCIONES PARA UN ALIVIO ANTES DE UNA CORTE DE INMIGRACION
Si usted ha estado siguiendo las noticias recientemente, ha escuchado sobre el aumento de las redadas por inmigración y Control de Aduanas (ICE). ¿Qué pasa si usted o su ser querido ha sido llevado bajo custodia?
¿Qué pasa si me llevan bajo custodia?
Si usted ha sido deportado(a) previamente ya sea después de haber ido a corte o en la frontera, típicamente no se le concederá otra audiencia judicial. Frecuentemente, ICE simplemente hará arreglos para que usted sea deporto(a) al menos que haya algunas circunstancias especiales, como un Reclamo de Asilo, una aplicación pendiente para un alivio, etc. Cada caso es diferente. Los factores y circunstancias de cada persona varían y requieren cuidadosa consideración en determinar que se puede hacer para asistir, si se puede. La asistencia de un abogado es recomendada para ayudar en guiarlo(a) en todos los pasos, formas y argumentos legales que sean requeridos.
Si usted nunca ha sido deportado de los Estados Unidos, será ordenado(a) a comparecer ante un Juez de la corte de inmigración, cual sea más cercana a la dirección cual usted le dé a ICE cuando lo tengan bajo custodia. Para Indiana, la corte de Inmigración está localizada en Chicago, Illinois. Típicamente, la primera orden para aparecer será enviado por correo a la dirección cual usted le dio a ICE. Así que asegúrese que sea una buena dirección y que usted revise su correo regularmente. Si el gobierno envía por correo a la dirección cual usted le dio a ICE y usted no recibe el aviso tendrá un problema si falta a la audiencia judicial. Recuerde, si usted se muda y no le informa a ICE y la corte, la corte no le dará una nueva audiencia judicial. La corte no acepta, “Yo no sabía”, como una buena excusa.
¿Qué opciones tengo y que pasa ahora?
¿Qué pasa en su audiencia judicial? En su primer audiencia judicial, o audiencia de Calendario Master, la corte le preguntara que tipo de opciones de alivio tiene y cual usted quiera ejercer. Usted tendrá que estar preparado(a) para decirle al juez porque usted cree que debería de poder permanecer en los Estados Unidos bajo leyes de inmigración presentes o pedir tiempo para conseguir un abogado.
¿Entonces que opciones tiene usted para un alivio migratorio? Cada persona tiene un caso diferente y depende de su historial criminal, su estatus marital presente, estatus familiar, etc. La asistencia de un abogado es recomendado para ayudarlo(a) a decidir que opciones serían las mejores para usted y como mejor presentarlo a la corte.
Algunos tipos de alivios básicos incluyen, Cancelación de la Deportación, Asilo, Retención de Expulsión, Discreción del Fiscal, Acción Deferida, Salida voluntaria, etc.
• Cancelación de la Deportación: Es un beneficio discrecional lo cual si todos los elementos son probados permiten un ajuste de estatus de ese deportarle extranjero(a) a ser legalmente admitido para una residencia permanente. Requiere prueba cual demuestre que el solicitante ha estado en los Estados Unidos por lo menos 10 años antes de ser servido con un Aviso de aparecer en corte, tiene buen Carácter moral por lo menos en 10 años, no ha sido condenado de una ofensa bajo ciertas secciones del Acto de Inmigración y Nacionalidad (INA), y que la deportación resultara en sufrimiento excepcional y extremo para un esposo/a, hijo/a o padre/ madre ciudadano Americano o Permanente legal.
• Asilo: Es un beneficio discrecional lo cual tiene que ser solicitado en menos de 1 año después de haber entrado a los Estados Unidos. Y cual demuestre que el solicitante ha sufrido persecución o sufriría persecución basado en raza, religión, nacionalidad, membresía en un grupo particular o una opinión política. En adición, cualquier aplicación que sea encontrada archivada sabiendo que la información es superficial, prohibirá cualquier tipo de futuro alivio.
• Retención: Es un beneficio discrecional donde el solicitante tiene que probar que él/ella ha sufrido persecución o que sufrirá persecución basado en raza, religión, nacionalidad, membresía en un grupo particular o una opinión política.
• Acción Deferida: Es un beneficio discrecional, al cual le da al caso de una persona prioridad baja para expulsión y temporalmente para más intentos para enjuiciar y deportar a un extranjero(a).
• Salida Voluntaria: Es típicamente permitida por el Juez si un extranjero(a) concede salida voluntaria y deja los Estados Unidos dentro de una cantidad de tiempo específica. El beneficio es que el extranjero/a no tiene una barra con la solicitud de admisión en un puerto de entrada en cualquier momento. Aunque, incumplimiento a salir dentro del tiempo otorgado resulta en una barra de diez años a varias formas de alivio que sean recomendadas.
Cada forma de alivio tiene muy específicos requerimientos y algunos plazos muy importantes para solicitar. Si usted fracasa a completar cualquiera de los pasos o probar cualquiera de los requerimientos usted puede ser negado y una orden de Deportación puede ser otorgada en contra usted. Buscar el consejo de un abogado/a es recomendable.
Necesita Ayuda:
Si usted o alguien cual usted conozca necesitan asesoría sobre su caso migratorio, por favor contacte a Griffith Law Group para una consulta gratis. Nuestro número de teléfono es (317) 236-0486, o visítenos a 5150 Pike Plaza Road, Indianápolis, IN 46254 o a www.indyimmigrationlaw.com.
Manténgase al tanto el próximo mes cuando hablemos de cuales otras formas de Alivio de inmigración pueden ser disponibles para usted o sus seres queridos.